El Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público fue creado a través de la Ley 27.218 y reglamentado a través de la Resolución MINEM Nº218/16 y SGE Nº 146/19.
Se encuentra orientado a organizaciones e instituciones que no persiguen fines de lucro y tienen por principal objeto el bien común.
Si sos representante de una Entidad de Bien Público, podés solicitar el ingreso al régimen tarifario específico en la página web del Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad o poniéndote en contacto con la Secretaría de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
A quién está dirigido
Está dirigido a beneficiarios del Régimen de Entidades de Bien Público dispuesto por la Ley Nº 27.218.
Qué necesito
Gratuito.
La vigencia del beneficio se mantendrá en tanto la entidad u organización se encuentre identificada bajo las categorías indicadas precedentemente.
La aplicación del beneficio se hará efectiva en la primera factura a emitir con posterioridad a la fecha de incorporación al Régimen por parte de la Secretaría de Gobierno de Energía.
Inscripción o actualización de datos de una Organización de la Sociedad Civil en el Registro del CENOC.
Inscripción o actualización de datos de una Organización religiosa en la Secretaría de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Gas Natural: (02394) 48-0391
Emergencias: 2394 15 402097
Emergencia o Falta de Gas: 0800 333 4445